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Tres notarías se habilitaran de manera parcial en Orellana

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A partir del lunes, 20 de abril del año en curso, se restablecerá el sistema notarial en la provincia de Orellana. Tres notarías funcionaran de manera parcial, mediante turnos de acuerdo a la resolución 035-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura.

 

Las notarías estarán habilitadas en el horario de 07h00 hasta las 12h00 de lunes a viernes de acuerdo a lo establecido en reunión con los notarios de la provincia y la dirección provincial de Orellana.

 

El servicio se habilitará a través turnos mediante llamada telefónica o correo electrónico al notario. La atención se realizará a puerta cerrada y aplicando todas las medidas de bioseguridad para prevenir el contagio del Covid-19.

 

Las y los servidores, así como los usuarios de las notarías deberán adoptar todas las medidas de seguridad necesarias tales como el uso de mascarillas, guantes, gel antibacterial, etc. Después de cada jornada de atención, se realizar tareas de limpieza y desinfección de las notarías.

 

De acuerdo a la Resolución 035-2020 del Consejo de la Judicatura, las notarías atenderán 18 trámites específicos que tienen relación con temas de asistencia humanitaria, movilidad humana, contratación pública para la emergencia, y actos notariales que permitan evitar la paralización de la industria y producción nacional.

 

 

LISTADO DE NOTARÍAS QUE ATENDERÁN EN LA EMERGENCIA SANITARIA

 

CANTÓN

NOTARÍA

TELÉFONO

DIRECCIÓN DE LA NOTARIA

CORREO ELECTRÓNICO

NOMBRES Y APELLIDOS

Francisco de Orellana

Notaría Primera

062300868

0999785925

Av. 9 de Octubre Nº75-08 y Bolivar

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Gómez Durán Iván

Joya de los Sachas

Notaría Única

062899145

0993761096

Av. de los Fundadores y Loja

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Álava Tobar Aité

Aguarico

Notaría Única

0985066353

Edificio Municipal

Río Tiputini y

Jorge Chávez

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Llori Alomia Mary

 

 

 

ACTOS NOTARIALES QUE PODRÁN REALIZAR DURANTE LA EMERGENCIA

1.-

Testamentos

2.-

Poderes especiales y generales

3.-

Poderes en licitación de contratos públicos y otros que sirvan para el cumplimiento de la emergencia sanitaria

4.-

Posesiones efectivas por el fallecimiento de personas dentro del periodo de emergencia

5.-

Insinuaciones y donaciones de instituciones públicas, privadas y naturales cuya finalidad sea contribuir a superar la emergencia sanitaria que atraviesa el país

6.-

Fideicomiso o negocios fiduciarios que tengan por finalidad la constitución de patrimonios autónomos para la administración de recursos monetarios destinados a la emergencia sanitaria

7.-

Reconocimiento de firmas para legalizar el otorgamiento de créditos concedidos por el sistema financiero y la restructuración de los mismos

8.-

Declaraciones juramentadas relacionadas con la emergencia sanitaria que atraviesa el país, así como para el ingreso al sector público

9.-

Autorizaciones de salida del país de menores de edad por asuntos humanitarios

10.-

Protocolizaciones de contratos celebrados con el Estado

11.-

Procuraciones judiciales para la representación de causas siempre que los otorgantes no puedan comparecer personalmente

12.-

Constitución de contra garantías para garantizar obligaciones derivadas de pólizas de seguros emitidas para afianzar contratos públicos que tengan relación con la emergencia sanitaria

13.-

Insinuaciones y Donaciones de personas naturales

14.-

Actos relacionados con los procedimientos de contratación pública

15.

Constitución de prendas e hipotecas

16.-

Reconocimientos de firma

17.-

Suscripción de contratos de mutuo con reconocimiento de firma

18.-

Suscripción de contratos relacionados con la actividad que presta el sistema financiero nacional

19.-

Demás actos y contratos jurídicos que tengan relación directa e indirecta con el Estado de emergencia sanitaria del país, debidamente justificados.